Publicado el 26/12/2006
El asunto de los derechos de autor ha sido siempre un tema preocupante para los diseñadores. Este debate reúne opiniones y puntos de vista sobre algunos temas relacionados: piratería, propiedad intelectual, plagio, etc.

La importancia que tiene; protege y reconoce la obra de un autor, sin embargo en México el tema de la piratería es un tema que ha tomado fuerza y ha impactado fuertemente la económia de la industria y los autores.
Desde mi opinón, debe considerarse en el proceso creativo siempre el registro de la obra, y con esto fomentar un cultura de prevensión para proteger el trabajo de diseño.

No creo que pase por ese lado. La altura creativa (la libertad con que se cuenta al realizar una obra) que contempla la ley de propiedad intelectual no seria compatible con una actividad técnica/industrial, o al menos ese grado de libertad seria muy bajo como para considerarlo obra del intelecto humano. Hay un cliente que requiere un mensaje, un técnico que lo diseña y como resultado una pieza industrial grafica. Otra cosa seria la invención de una nueva familia tipográfica o una ilustración que si estaría contemplado en el derecho de autor. La línea es muy delgada y llena de «lagunas» legales.

Lo siento pero no estoy de acuerdo con ustedes!! Los royalties de la explotación de una cosa, objeto, diseño o lo que sea vienen a ser lo mismo que los derecho de autor de una canción. Si consigues cobrar menos por el diseño y luego una cantidad de royalty aceptable, ninguna empresa se negará a pagártelo, sino que ademas es prestigioso para ambas partes. Y una cosa mas si tu patentas o registras un diseño podrás entregar algo legal a la empresa y podrás negociar!!

Estoy de acuerdo con Luis. Si las composiciones musicales gozan de una gran protección por la autoría, al igual que la fotografía o la publicación de libros, etc., ¿Por qué resulta hasta un tema de debate con un cliente cobrar regalías por nuestro diseño? Después de todo se trata de una creación tan válida como las otras manifestaciones artísticas. No sé cómo será con las grandes marcas, pero si yo le planteo a un cliente acordar regalías por el uso de un diseño de mi autoría, lo más probable es que no concrete el trabajo. Saludos.

Quiero abordar este tema de una manera diferente. Si los autores de canciones, de obras literarias, fotografía, etc. reciben «regalías» por la explotación de su obra «intelectual»... ¿podríamos lograr que los diseñadores de marcas, de etiquetas, empaques, libros y demás piezas de diseño recibiéramos «regalías» mientras éstas se explotasen comercialmente?...Considero a los productos de diseño con las mismas características que los productos «de derecho de autor». Creo que podríamos corregir los aranceles profesionales cobrando menos al inicio pero de manera permanente mientras el diseño se use.

«No todo lo reproducido por la impresión, la grafica o técnica se convierte inexcusablemente en obras de literatura, del arte o de la ciencia reconocidas por el régimen de propiedad intelectual» pues debemos «distinguir entre los simples productos industriales y las obras del intelecto humano». Existen recaudos mínimos para que una obra sea protegida por el derecho de autor y estos se encuentran en un eterno debate. La altura creativa de una obra es lo que determina la originalidad que esta posee, y por lo tanto, su «protegibilidad». La sociedad industrial ha producido cambios, «la originalidad subjetiva (singularidad) ha perdido entidad en detrimento de la originalidad objetiva (novedad)». Pero he aquí lo más importante para determinar la «protegibilidad» de una pieza artística: «la altura creativa depende del mayor o menor grado de la libertad con el que cuenten los autores en cada una de aquellas».
Las citas pertenecen a «El autor y el derecho». M. Goldstein y L. Torchio (EUR, 2009).

«hay una línea muy delgada en nuestra actividad entre copiar, adaptar, imitar, o solamente inspirarse. Y, admitámoslo: es raro que un proyecto requiera de una invención, porque la mayoría de los clientes se sienten más cómodos con algo ya probado. [...] He visto montones de portfolios en los que alguien se atribuye la autoría sin justificación. [...] Atribuirse el trabajo de otro no es picardía sino hurto. Y no ser claro respecto a la autoría exacta en forma deliberada, no es modestia sino deshonestidad. Lo que hacemos es propiedad intelectual. Y quitarle éso a un diseñador no es un halago por imitación sino un crimen».
Del artículo El séptimo mandamiento

«las ideas no se gastan. Cuéntele a un amigo cómo solucionar un crucigrama. Verá entonces cómo el conocimiento será de ambos y, además, podrá ser transmitido a toda la población mundial sin desgaste aparente. [...] Los diseñadores [...] desarrollamos ese insuperable temor al plagio y un apego por las leyes de propiedad intelectual que permiten imponerse jurídicamente al presunto plagiador. La idea de la escasez del producto está tan fuertemente ligada a la idea de rentabilidad que se ignora lo mejor: Las ideas, en una economía de la atención y de acceso, son más valiosas cuanto más difusión y arraigo tienen en la sociedad».
Del artículo Por favor, pirateen mis diseños

«La piratería de tipos es, si cabe, y a juzgar por las experiencias que me cuentan mis amigos tipógrafos, más dolorosa y sangrante que la de los paquetes de software o la de la música, o la del cine, o la de las fotocopias de libros. [...] Hay en esto una parte de ética: como en la música o en cualquier otra propiedad intelectual, lo de piratear es un bofetón para el que vive de los derechos devengados. Pero [...] hay que analizar y no son precisamente las foundries nadie para echar nada en cara a los usuarios: si ahora se rasgan las vestiduras enarbolando como bandera suya la propiedad intelectual del diseñador de tipos, hasta hace bien poco cuando la piratería de usuario no era posible eran ellos quienes se fusilaban a cañón las tipografías, [...] y lo que es peor, no se denunciaban en un mezquino pacto tácito de no agresión en el que el auténtico perjudicado era siempre el “royaltero”. Y habrá quien diga que tan malo es lo uno como lo otro. En absoluto, entre usar una fuente sin pagar (el pirata usuario) y piratear un diseño para enriquecerse vendiendo miles de copias [...] media un abismo».
Del artículo Tipopiratería

«la propiedad es material por definición, indica posesión frente al que no posee, pero las ideas no tienen propiedad: tienen autoría. La propiedad de una idea es del que la conoce, no del que la tuvo».
Del artículo ¿Es el .pdf sólo un formato?

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